Micelio
Auto7 de septiembre de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Prado Ortiz Jose Nidio Y Otros·Demandado Municipio De Florida

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo En El Que Se Pretende El Pago De Obligaciones Emanadas Del Sistema De Seguridad Social Integral.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conocimiento de procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones emanadas del Sistema de Seguridad Social Integral
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Dieciséis Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira (Valle Cauca).

La controversia se originó respecto al conocimiento de una demanda ejecutiva presentada por varios ciudadanos contra el municipio de Florida (Valle), pretendiendo el cobro de unas sumas de dinero que las partes plasmaron en un acuerdo de pago.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte resuelve que los procesos ejecutivos donde sea invocado un título ejecutivo diferente a un acto administrativo, en los que se pretenda ejecutar obligaciones de origen laboral o de la seguridad social que no se enmarquen dentro de las hipótesis señaladas en el numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, corresponden a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal de Trabajo y la Seguridad Social.

En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional, remitió el expediente al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira (Valle), para lo de su competencia y para que comunique la decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Dieciséis Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Palmira (Valle), en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Palmira continuar con el proceso de la demanda ejecutiva laboral presentada por Ronald Gómez Nieves, José Ernesto Mejía Camacho y José Nidio Prado Ortiz contra el municipio de Florida (Valle) .
  4. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-1485 al Juzgado
  5. Segundo. Laboral del Circuito de Palmira (Valle) para lo de su competencia y, a su vez, para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado Dieciséis Administrativo Oral del Circuito de Cali y a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoHernán Leandro Correa Cardozo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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